| Twittear |
Resumen
El presente artículo sostiene que la aceleración del sistema judicial no es un problema de gestión sino una cuestión epistemológica, ética y política: sin tiempo no hay construcción de verdad posible sobre un conflicto singular, y lo que se produce en su ausencia no es justicia acelerada sino una operación administrativa que usurpa su nombre. A partir de los aportes de Ritzer (1993), Lipsky (1980), Rosa (2016), Varoufakis (2024) y Tronto (1993), se analiza el proceso de McDonaldización Judicial y la violencia institucional por omisión que genera, tomando los fueros de Familia y Penal Juvenil como casos paradigmáticos de un fenómeno que atraviesa el conjunto del sistema judicial. Se examina el rol del tecnofeudalismo y la hipnocracia digital en la invisibilización del sujeto, y el desgaste por empatía de los operadores sometidos a métricas de productividad. El trabajo concluye con una propuesta de gramática forense del cuidado articulada en tres niveles: reforma de indicadores de gestión, rediseño de tiempos procesales y reorientación de la tecnología al servicio de la escucha.
1. El declive institucional y la segmentación del descarte
La Administración de Justicia atraviesa un proceso de adopción acrítica de los valores dominantes de la modernidad tardía: rapidez, fuerza y juventud. Como señala Dubet (2002), el declive de las instituciones las obliga a adaptarse a un entorno que desprecia la pausa. En este escenario, emerge cierto edadismo[1] procesal que no solo afecta a las personas, sino a la naturaleza misma del proceso: se considera viejo o ineficiente cualquier tiempo dedicado a la escucha o a la deliberación profunda.
Lo que está en juego cuando un sistema judicial se acelera no es solamente la calidad del trato al sujeto, aunque eso ya sería suficientemente grave. Lo que está en juego es algo más radical: la posibilidad misma de construir una medida justa. La justicia —entendida no como ideal abstracto sino como operación concreta sobre un conflicto singular— requiere tiempo como condición epistemológica. Sin el tiempo necesario para escuchar, para dudar, para ponderar lo que no se deja reducir a dato, no se produce justicia más lenta o más imperfecta: se produce otra cosa. Una cosa que tiene la forma exterior de la justicia —el expediente, la resolución, la sentencia— pero que ha perdido su sustancia, que es la construcción laboriosamente fundada de una verdad sobre lo que le ocurrió a alguien. Esta pérdida no es accidental ni inevitable. Es el resultado de una decisión política —consciente o no— de priorizar la velocidad sobre la verdad, la métrica sobre el sentido, la gestión sobre la garantía. En ese sentido, la aceleración judicial no es solo un problema administrativo: es una forma de injusticia en sí misma, ejercida estructuralmente, sin rostro ni intención visible, pero con víctimas reales y mensurables.
Para Dubet (2002), las instituciones modernas —la escuela, el hospital, la justicia— fueron históricamente capaces de producir sujetos porque tenían una vocación socializadora: no solo aplicaban normas, sino que transmitían valores, conferían identidad y organizaban el mundo simbólico de quienes pasaban por ellas. Esa capacidad descansaba en lo que el sociólogo francés llama el programa institucional: una lógica interna que articulaba valores universales con intervenciones singulares sobre personas concretas. Lo que Dubet (2002) diagnostica en las últimas décadas es el agotamiento de ese programa: las instituciones ya no logran sostener la tensión entre lo universal y lo particular porque el entorno social ha dejado de legitimar la autoridad que ese gesto requería. La consecuencia no es la desaparición de las instituciones, sino su mutación: sobreviven vaciadas de su función productora de sentido, administrando procedimientos sin poder ya producir sujetos. En el sistema judicial, este vaciamiento se expresa con particular crudeza: el proceso que debería interpelar al sujeto —reconocerlo, situarlo, orientarlo— se convierte en un mecanismo de clasificación que lo procesa sin nombrarlo.
A este diagnóstico se le suma una presión adicional que Dubet no anticipó del todo en su formulación original: la aceleración. Las instituciones en declive no solo pierden su capacidad de producir sentido; además son sometidas a una exigencia de velocidad que hace aún más improbable la recuperación de esa capacidad. Lo que queda es una institución que ya no puede lo que solía hacer, pero que además debe hacerlo más rápido. El resultado es una forma de violencia simbólica específica: no la que impone contenidos, sino la que suprime el tiempo necesario para que cualquier contenido pueda sedimentar.
Este fenómeno halla una metáfora inquietante en el Diario de la Guerra del Cerdo de Bioy Casares (1969). La justicia contemporánea parece librar su propia batalla contra lo viejo: se persigue la eliminación del tiempo burocrático artesanal en favor de una celeridad que, bajo la apariencia de progreso, termina por aniquilar la experiencia humana. Lo que Bioy narraba como una persecución física, aquí se traduce en una persecución procedimental contra la complejidad. En la novela, los viejos no son eliminados por lo que hacen sino por lo que representan: una temporalidad otra, incompatible con el ritmo de los jóvenes. En el sistema judicial, los viejos son los rituales que exigen pausa —la audiencia de escucha real, el análisis situado del expediente, la deliberación que no cabe en ningún formulario—. Son prácticas que no desaparecen por decreto, sino que se van descartando silenciosamente porque el sistema aprende, antes que nada, a sobrevivir. Esta tormenta perfecta arrasa con todo lo que encuentra a su paso, incluyendo la preocupación por lo justo, no en tanto valor absoluto —humanamente inalcanzable, por cierto— sino como construcción de verdades laboriosamente fundadas.
2. La lógica de la hamburguesa: Ritzer y la Burocracia de Nivel Callejero
Ritzer (1993) describe cómo la eficiencia, calculabilidad, previsibilidad y control —pilares de la McDonaldización— deshumanizan la experiencia social. Lo que hace potente el concepto no es cada dimensión por separado, sino su efecto combinado: juntas, producen un sistema que funciona con una coherencia implacable orientada a la reproducción estandarizada. En la cadena de comida rápida, esa coherencia garantiza que la hamburguesa sea idéntica en Buenos Aires y en Tokio. En el sistema judicial, garantiza algo más perturbador: que el expediente se tramite con independencia de la vida que contiene. Los cuatro pilares, leídos en conjunto, describen una racionalidad que no es neutral sino selectiva: privilegia lo que puede medirse, repetirse y controlarse, y descarta sistemáticamente lo que no puede serlo. La escucha, la duda, la empatía, el tiempo necesario para comprender un conflicto en su singularidad: todo eso cae fuera del perímetro de lo racionalmente gestionable. No porque el sistema lo prohíba expresamente, sino porque su arquitectura no lo registra, no lo premia y, en consecuencia, no lo produce.
En los tribunales —y de manera especialmente visible en fueros como el de Familia y el Penal Juvenil, aunque el fenómeno no se limita a ellos: la lógica mcdonaldizadora atraviesa el conjunto del sistema, incluyendo el fuero penal-económico y los fueros federales. La diferencia no es de presencia sino de consecuencias: en los fueros vinculados al capital y a la política institucional, la aceleración impacta principalmente en la administración de recursos y en la resolución de disputas entre actores con capacidad de representación técnica. En los fueros de Familia y Penal Juvenil, en cambio, lo que está en juego es la dignidad ontológica del sujeto: personas en situación de alta vulnerabilidad social, cuyas trayectorias vitales no pueden ser reducidas a variables gestionables sin que esa reducción constituya, en sí misma, una forma de violencia institucional. Es por eso que estos fueros operan como casos paradigmáticos: no porque la McDonaldización los afecte exclusivamente, sino porque en ellos su violencia se vuelve más visible e irreparable—, esta lógica choca con la realidad del dolor social. Aquí, el funcionario se convierte en lo que Lipsky (1980) denomina un burócrata de nivel callejero (Street-Level Bureaucracy): aquel agente estatal que, situado en la línea de contacto directo con el ciudadano, debe traducir las políticas abstractas en decisiones concretas sobre personas reales, en condiciones de escasez crónica de tiempo y recursos. La tensión que Lipsky (1980) describe es estructural: el sistema le exige al operador que trate cada caso según sus particularidades, pero simultáneamente le impone una carga de trabajo que hace imposible esa particularización. La respuesta adaptativa es inevitable. Esta lógica no opera en el vacío: se inscribe en la racionalidad neoliberal que, como señala Varoufakis (2024), redefine lo público bajo la lógica del mercado, convirtiendo derechos en servicios y ciudadanos en usuarios. En el ámbito judicial, esa reconfiguración produce un efecto específico: la productividad desplaza a la garantía como criterio de evaluación institucional. Lo que no puede medirse en términos de expedientes cerrados o plazos cumplidos queda fuera del campo de lo institucionalmente valorado. Butler (1969) ya había señalado cómo las instituciones modernas internalizan prejuicios estructurales que se naturalizan hasta volverse invisibles; en este caso, el prejuicio neoliberal consiste en considerar obsoleta —o directamente ineficiente— toda práctica que no admita traducción en métricas de rendimiento. La McDonaldización judicial es, en ese sentido, menos una patología del sistema que su funcionamiento consecuente bajo los supuestos que lo gobiernan.
Ante el desborde de causas, los operadores crean estrategias de simplificación para sobrevivir al estrés. En la práctica judicial cotidiana, esas estrategias adoptan formas reconocibles. La más extendida es la tipificación rutinaria: el operador aprende a clasificar rápidamente los casos en categorías preestablecidas —conflicto de pareja, adolescente reincidente, familia conflictiva— que habilitan respuestas estandarizadas sin necesidad de un análisis situado. Otra estrategia frecuente es la delegación descendente del contacto humano: los jueces y funcionarios de mayor jerarquía reducen progresivamente su exposición directa a las partes, intermediando a través de auxiliares, informes periciales o actas, de modo que la decisión se toma sobre papel y no sobre presencia. Una tercera forma es la priorización por urgencia formal: se atiende primero lo que tiene vencimiento procesal inminente, independientemente de la gravedad sustantiva del conflicto, con lo cual la agenda judicial termina siendo dictada por la lógica del plazo y no por la lógica del daño. El resultado de estas estrategias, tomadas en conjunto, es invisiblemente devastador en términos teóricos y prácticos, con expresiones en el plano de la deshumanización pero también en el nivel de las fundamentaciones socio-jurídicas de los actos: las resoluciones se vuelven formalmente correctas y sustantivamente vacías, cumplen con el proceso pero no resuelven el conflicto, y el sujeto que ingresó al sistema con una trayectoria de vida vulnerada egresa con una sentencia que no lo leyó.
3. El marco posthumano: cuando el sujeto se vuelve dato
Los posthumanismos críticos de Braidotti (2013) y Haraway (1991) nos advierten que la frontera entre lo humano, lo tecnológico y lo institucional es cada vez más porosa. Pero esa advertencia no tenía un signo único: en Braidotti (2013), la disolución de esa frontera abre la posibilidad de subjetividades más ricas, descentradas del humanismo liberal y capaces de asumir la interdependencia radical con lo no humano. En Haraway (1991), el cyborg es una figura de resistencia, una criatura del mundo posgenérico que escapa a las dicotomías que organizan la dominación. Ambas perspectivas leen la porosidad como potencial emancipatorio: si lo humano ya no es una esencia fija, entonces puede ser algo diferente, algo mejor.
En el Poder Judicial, esta porosidad no adopta la forma emancipatoria que esas miradas imaginaban, sino una deriva opuesta: la tecnología no amplía lo humano, sino que lo sustituye. El sujeto del proceso —con su historia, su dolor, su singularidad— se disuelve en un conjunto de variables gestionables. Lo que era una trayectoria de vida vulnerada se convierte en un expediente o legajo con número de causa. La promesa posthumanista de una subjetividad enriquecida por la técnica se invierte: no es el sujeto quien incorpora la tecnología para potenciarse, sino la tecnología quien incorpora al sujeto para procesarlo. El resultado no es un cyborg liberado, sino un dato administrado.
Este es el suelo sobre el que operan los fenómenos que Varoufakis (2024) llama tecnofeudalismo y Colamedici (2025) hipnocracia. El primero describe cómo las plataformas digitales reorganizan las relaciones de poder bajo una lógica extractiva que ya no es capitalista en sentido clásico, sino feudal: quien controla la infraestructura digital controla el acceso al servicio, incluido el de justicia. El segundo nombra la capacidad de esas mismas plataformas para generar un estado de atención capturada, donde el usuario —o el operador judicial— percibe que actúa libremente mientras sigue los trazados del algoritmo.
En el Poder Judicial argentino, esta combinación tiene una expresión concreta y verificable que merece ser leída con cuidado. Prometea, el sistema de inteligencia artificial desarrollado en 2017 por la Fiscalía de la Ciudad de Buenos Aires, representa uno de los avances más celebrados de la modernización judicial en la región: logró reducir drásticamente los tiempos de elaboración de dictámenes y despachos, y fue adoptado por jurisdicciones de todo el país. Sus impulsores sostienen, con razón, que la automatización de tareas repetitivas libera al operador para dedicarse a causas más complejas. Ahí reside su promesa genuina. Pero también reside el límite que el propio sistema dibuja y que rara vez se discute: Prometea fue diseñada y funciona eficazmente para procesos con trabajo repetitivo, baja contradicción y alta posibilidad de automatización. Esa es su condición de posibilidad. Lo que el artículo propone problematizar no es Prometea en sí, sino la lógica que se activa cuando esa misma racionalidad —medir, predecir, automatizar— se desplaza hacia fueros donde la contradicción es alta, la repetición es imposible y la singularidad del sujeto es el único insumo irreductible: los fueros de Familia y Penal Juvenil son los casos más ilustrativos, pero la tensión alcanza a toda jurisdicción que opere sobre conflictos de alta complejidad humana. Allí, la fascinación institucional por el dato no libera al operador: lo reorienta hacia lo que el sistema puede registrar y lo aleja de lo que el conflicto requiere.
En términos de Colamedici (2025), la atención del operador judicial queda hipnotizada por la interfaz: lo urgente es lo que el sistema marca como pendiente, y lo importante —que con frecuencia no tiene vencimiento— queda desplazado fuera del campo de lo visible. Lo que no entra en la métrica —la escucha, la duda deliberativa, la empatía— queda fuera del campo de lo institucionalmente relevante. El sistema promete transparencia y eficiencia; lo que produce, en los fueros de alta complejidad humana, es una forma sofisticada de invisibilización del sujeto.
4. El costo humano: desgaste por empatía y disociación operativa
Este rediseño de la atención tiene un costo psicosocial específico que la literatura especializada ha documentado con creciente precisión. Figley (1995) definió la fatiga por compasión como el costo inevitable de trabajar con personas que sufren: un estado de agotamiento y disfunción biológica, psicológica y relacional, resultado de la exposición prolongada al estrés por compasión, que puede derivar en cuadros severos de traumatización secundaria o en el inicio del síndrome del profesional quemado. Lo que hace particularmente relevante este concepto para el análisis del sistema judicial es su paradoja constitutiva: la fatiga por compasión es, por una parte, necesaria e inevitable si se desarrolla una buena práctica; por otra, peligrosa e inhabilitante si no se compensa mediante otros mecanismos. Dicho de otro modo: el operador que no se desgasta probablemente no estaba presente. El que sí se desgasta, y no encuentra contención institucional, deja de poder estarlo.
Como advierte Pascual-Leone (1991), los procesos cognitivos y afectivos no son separables: cuando el entorno institucional inhibe sistemáticamente la respuesta empática, no la elimina, sino que la fuerza a procesarse de otro modo. El resultado es lo que la literatura especializada denomina fatiga por compasión o desgaste por empatía: el operador no deja de percibir el sufrimiento ajeno, pero aprende a disociarse de él para poder seguir funcionando. Esta disociación no es una decisión consciente ni un defecto de carácter: es una respuesta adaptativa ante un entorno que exige presencia afectiva pero no ofrece condiciones para sostenerla.
Un juez o profesional en ese estado no es simplemente menos sensible: es técnicamente menos capaz. En la práctica judicial cotidiana, esa degradación de la capacidad tiene expresiones concretas y verificables. En una audiencia de familia donde se discute la tenencia de un niño, la escucha activa no es un gesto de cortesía sino el instrumento principal de diagnóstico: es a través de la presencia afectiva del operador que emergen los datos que ningún informe pericial logra capturar —el miedo en la voz de una madre, la ambivalencia de un adolescente, la violencia que se filtra en los silencios—. Un operador disociado puede conducir esa audiencia con corrección formal y sin percibir nada de eso. Del mismo modo, en el fuero penal juvenil, la ponderación de variables no cuantificables —el contexto de vulnerabilidad, la trayectoria institucional del joven, las posibilidades reales de un proceso restaurativo— requiere una presencia afectiva que el burnout erosiona de manera silenciosa pero sistemática. La sentencia que resulta de ese estado no es un producto deficiente por falta de normas, sino por ausencia del juicio situado que toda decisión justa requiere.
Cuando la justicia se acelera para cumplir métricas de productividad, no solo se deshumaniza el proceso: se degrada la herramienta principal del operador. Y esta degradación no es visible en ningún indicador de gestión: el expediente se cierra, el acto procesal se produce, la estadística se alimenta. Lo que no aparece en ningún reporte es que la decisión fue tomada desde la disociación, que la audiencia fue conducida desde el agotamiento, que el sujeto del proceso fue procesado sin ser escuchado. La McDonaldización no necesita prohibir la empatía: le basta con crear las condiciones para que sea insostenible.
5. El Juez Gestor vs. la Ética del Tiempo
Entre los promotores del tecno-optimismo aplicado a la gestión pública circula con insistencia una promesa: la inteligencia artificial y la automatización resolverán la ineficiencia de las instituciones, eliminando la fricción burocrática que separa al ciudadano de los servicios que necesita. Esta promesa no carece de fundamento empírico —en determinados contextos, la automatización produce mejoras reales— pero se vuelve ideológica cuando pretende generalizarse sin atender a la naturaleza específica de cada dominio institucional. En el ámbito judicial, esa generalización adopta la forma de lo que aquí se denomina la paradoja de la digitalización reactiva: el despliegue de software de gestión judicial y expedientes electrónicos sin una reforma profunda de los ritos procesales que les den sentido. Frente a esto, Andrés Ibáñez (2015) denuncia la transformación del juez en un simple gestor de flujos de trabajo: ya no es el garante de un rito civilizatorio, sino un operario de una cadena de montaje que debe evitar el atascamiento del sistema.
La paradoja puede formularse con precisión: un sistema digital que replica los procedimientos de la gestión procesal preexistentes puede no producir los resultados esperados, porque el desarrollo eficaz de la tecnología judicial requiere cambios organizativos y de procedimiento. Dicho de otro modo: digitalizar la burocracia no es transformarla. Es acelerarla. En la práctica latinoamericana, esto se traduce en una burocracia a la velocidad de la luz: la tecnología no se usa para mejorar la escucha o la calidad del fallo, sino para acelerar la producción de actos procesales que alimentan la estadística del sistema pero no resuelven el conflicto de fondo. Análisis comparados sobre la digitalización judicial en la región advierten sobre brechas críticas: la desigual distribución de infraestructura tecnológica, las resistencias culturales en operadores tradicionales y, más inquietante aún, la emergencia de formas de discriminación algorítmica donde sistemas predictivos replican patrones históricos de criminalización hacia grupos vulnerables. El algoritmo no es neutro: hereda los sesgos del sistema que lo entrena.
Esta violencia institucional por omisión ocurre cuando el Estado, en nombre de la gestión, no brinda el tiempo necesario para la tutela efectiva. El universo jurídico se vuelve entonces el laberinto de Borges[2] (1944): una estructura infinita de reglas y algoritmos donde se entra, pero de donde la justicia sustantiva nunca sale.
Esta mutación del rol jurisdiccional no es azarosa, sino la respuesta desesperada de una arquitectura institucional de la escasez. Como ha analizado Cappelletti (1978), los dispositivos procesales modernos fueron diseñados bajo una lógica de taller artesanal, pensados para una litigiosidad baja y una sociedad menos compleja. Hoy, el sistema intenta procesar una Justicia de Masa con herramientas del siglo XIX, generando lo que Rosa (2016) define como una desincronización: mientras las crisis de los sujetos —con particular intensidad en fueros como Familia y Penal Juvenil, pero también en otros ámbitos de alta vulnerabilidad— requieren un tiempo de escucha orgánica, la institución impone una aceleración técnica para evitar el colapso. El dato regional es elocuente: en algunos países de América Latina, un proceso judicial tarda en promedio más de 600 días en resolverse, mientras que en los países de la OCDE el promedio es de 240 días. Ante esta brecha, la respuesta dominante ha sido acelerar la producción de actos procesales, sin preguntarse si el problema es la velocidad o la arquitectura.
El resultado es que la eficiencia de la McDonaldización no resuelve el conflicto, sino que lo gestiona mediante un triaje administrativo, donde el éxito se mide por la tasa de resolución estadística —casos cerrados— y no por la calidad restaurativa del fallo. En este escenario, la tutela judicial efectiva se convierte en una celeridad de pantalla: el expediente se mueve rápido para cumplir con los indicadores de gestión, pero la justicia sustantiva permanece estancada en la inercia del algoritmo.
Conclusión: Hacia una Gramática Forense del Cuidado
Se impone la urgencia de recuperar una gramática socio-jurídica que reconozca que el insumo de la justicia —en particular, aunque no exclusivamente, en los fueros de familia y penal juvenil— no es papel, ni bit, ni código, sino trayectorias de vida vulneradas. Pero antes de proponer soluciones, conviene enunciar con precisión el problema de fondo: lo que la McDonaldización judicial horada no es simplemente la dignidad del trato, sino la posibilidad misma de construir medidas justas. Una decisión tomada sin el tiempo necesario para comprender el conflicto que la motiva no es una decisión justa apresurada: es una decisión que carece del sustrato epistémico que toda medida justa requiere. Esta gramática debe erigirse, entonces, como un acto de resistencia frente a esa pérdida, entendiendo que la calidad de una decisión no puede ser capturada por la métrica de la velocidad de carga, sino por su capacidad de restaurar la dignidad ontológica del sujeto.
Esa resistencia, sin embargo, no puede quedarse en el plano de la denuncia. Requiere intervenciones concretas en tres niveles articulados que, leídos en conjunto, configuran una arquitectura institucional alternativa: no la del sistema que vacía la bandeja de entrada, sino la del sistema que reconoce al sujeto que lleva dentro de cada expediente.
El primero es el de los indicadores de gestión. Los actuales sistemas de medición del desempeño judicial premian la cantidad de actos procesales producidos y penalizan la demora, sin distinguir entre la demora evitable y la pausa necesaria. Reformar estos indicadores implica incorporar dimensiones cualitativas: tasas de acuerdos efectivamente sostenidos en el tiempo, niveles de satisfacción de las partes con el proceso —no solo con el resultado— y métricas de reincidencia o re-litigiosidad como proxy de la calidad restaurativa del fallo. Esta reorientación no es utópica: experiencias comparadas en sistemas de justicia restaurativa del norte de Europa y en algunos programas de justicia terapéutica en América del Norte han demostrado que medir la calidad del proceso —y no solo su velocidad— produce resultados más sostenidos en el tiempo y reduce la re-litigiosidad. Un sistema que mide solo lo que produce no puede mejorar lo que importa.
El segundo nivel es el del diseño de los tiempos procesales. Los códigos de procedimiento vigentes, por ejemplo en materia de familia y penal juvenil fueron concebidos bajo una lógica de litigiosidad baja y conflicto acotado. Hoy procesan una realidad radicalmente distinta sin haber sido reformados en su arquitectura temporal. Algunos ordenamientos comparados han comenzado a transitar este camino: la legislación española en materia de justicia juvenil, por ejemplo, reconoce expresamente instancias de intervención socioeducativa que no se asimilan a plazos procesales sino que los suspenden, admitiendo que el tiempo del proceso educativo no es el mismo que el tiempo del proceso penal. Se requiere reconocer institucionalmente la existencia de tiempos de escucha no asimilables a plazos procesales: instancias de entrevista, de interconsulta interdisciplinaria, de deliberación interna, que no sean registradas como demora sino como parte constitutiva del proceso justo. La pausa deliberativa no es un lujo: es una garantía.
El tercero es el del rol de la tecnología. No se trata de rechazar la digitalización, sino de reorientarla. La tecnología puede y debe servir para liberar al operador de las tareas administrativas repetitivas —notificaciones, seguimiento de vencimientos, organización del expediente— de modo que el tiempo recuperado se invierta en la escucha y el análisis. Una tecnología al servicio de la justicia no es la que acelera la producción de actos procesales, sino la que amplía la capacidad del juez para estar presente ante el conflicto. En ese sentido, el diseño de los sistemas de gestión judicial debería incorporar, desde su concepción, criterios de ergonomía cognitiva y sostenibilidad empática para los operadores: no solo cuántos actos produce el sistema, sino qué le hace el sistema a quien lo opera.
Los tres niveles son inseparables. Reformar los indicadores sin rediseñar los tiempos produce estadísticas más sofisticadas del mismo problema. Rediseñar los tiempos sin reorientar la tecnología genera espacios de escucha que el sistema no sabe registrar ni sostener. Reorientar la tecnología sin reformar los indicadores reproduce la fascinación por el dato con mejor equipamiento. La gramática forense del cuidado solo funciona como sistema: sus tres niveles se sostienen mutuamente o no se sostienen.
Si la McDonaldización busca la predictibilidad y el control, la ética del cuidado en el proceso judicial debe reivindicar la impredictibilidad de lo humano. Como sostiene Tronto (1993), el cuidado requiere atención y responsabilidad, elementos que son sistemáticamente anulados por la estandarización del proceso acelerado. Solo una justicia que acepte habitar el tiempo humano —ese tiempo de la pausa deliberativa y el encuentro cara a cara— podrá dejar de ser una guerra del cerdo institucionalizada contra la complejidad de la vida. Para volver a orientarse al bien común —entendido no como nostalgia de un pasado idealizado, sino como horizonte normativo que históricamente fundamentó la legitimidad del Poder Judicial en el constitucionalismo social del siglo XX, cuando la magistratura asumía una función activa en la protección de derechos de los más vulnerables— el Poder Judicial debe comprender que su fin último no es vaciar la bandeja de entrada, sino garantizar que, en el laberinto del proceso, el sujeto no pierda su nombre a manos del dato.
Referencias
Andrés Ibáñez, P. (2015). Tercero en discordia: jurisdicción y juez del estado de derecho. Trotta.
Bioy Casares, A. (1969). Diario de la guerra del cerdo. Emécé.
Borges, J. L. (1944). Ficciones. Sur.
Braidotti, R. (2013). The posthuman. Polity Press.
Butler, R. N. (1969). Age-ism: Another form of bigotry. The Gerontologist, 9(4), 243-246.
Cappelletti, M., & Garth, B. (Eds.). (1978). Access to justice: A world survey. Sijthoff & Noordhoff.
Colamedici, A. (2025). Hipnocracia: Trump, Musk y la nueva arquitectura de la realidad. Editorial Rosamerón.
Dubet, F. (2002). El declive de la institución. Gedisa.
Figley, C. R. (1995). Compassion fatigue as secondary traumatic stress disorder: An overview. En C. R. Figley (Ed.), Compassion fatigue: Coping with secondary traumatic stress disorder in those who treat the traumatized (pp. 1-20). Brunner/Mazel.
Haraway, D. (1991). Simians, cyborgs, and women: The reinvention of nature. Routledge.
Lipsky, M. (1980). Street-level bureaucracy: Dilemmas of the individual in public services. Russell Sage Foundation.
Pascual-Leone, J. (1991). Affect, self-motivation, and cognitive development: A dialectical constructivist view. En D. J. Bearison y H. Zimiles (Eds.), Thought and emotion. Lawrence Erlbaum Associates.
Ritzer, G. (1993). The McDonaldization of society. Pine Forge Press.
Rosa, H. (2016). Alienación y aceleración: Hacia una teoría crítica de la temporalidad en la modernidad tardía. Katz Editores.
Tronto, J. C. (1993). Moral boundaries: A political argument for an ethics of care. Routledge.
Varoufakis, Y. (2024). Technofeudalism: What killed capitalism. Melville House.
[1] El concepto de edadismo (o ageísmo), acuñado originalmente por Robert Butler (1969), refiere a la discriminación, prejuicios y estereotipos basados en la edad. En el contexto de este análisis, el término se extiende hacia un edadismo estructural, donde la vejez no se predica solo de los sujetos, sino de las prácticas deliberativas. Bajo esta lógica, la escucha profunda y la pausa reflexiva son estigmatizadas como tiempos muertos u obsoletos, siendo desplazadas por una narrativa de la eficiencia que rinde culto a la celeridad propia de la juventud productiva en la modernidad tardía.